El Hogar Residencia Gentilis es un establecimiento de servicio social sustitutorio del hogar, especializado en el ámbito de salud mental.

Es un centro concertado acreditado por el Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales, inscrito en el registro de la Generalitat de Cataluña del departamento de Bienestar Social y Familia.

Transperencia

Información institucional
Funciones y actividad de la entidad

La Llar Residencia Gentilis es una entidad privada (Gentilis Grupo, S.L. NIF: B-63336200) de iniciativa mercantil situada en la Calle Cerdaña, 2, en la urbanización Cree Nueva en Corbera de Llobregat.

Se trata de un espacio residencial ubicado en el entorno comunitario de Corbera de Llobregat. Se trata de un espacio residencial ubicado en el entorno comunitario de Corbera de Llobregat. Tiene una capacidad residencial de 50 plazas, 45 de ellas forman parte de la red de salud mental del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS). Las otras 5 son de gestión privada.

Las Llars Residencia son establecimientos de atención permanente y flexible en que las personas con enfermedad mental de larga evolución y problemática social grave pueden vivir las veinticuatro horas y recibir el apoyo de un equipo multidisciplinario de profesionales.

Los profesionales de las Llars Residencia tienen como objetivo la plena integración y normalización social de las personas usuarias, así como la prevención y el tratamiento del deterioro producido por la cronicidad de la enfermedad.

El centro dispone de un equipo técnico multidisciplinario formado por Psicóloga, Enfermera, Enfermero psiquiátrico, Trabajadora Social y auxiliares de psiquiatría.

Respecto a las 30 plazas gestionadas por el ICASS, el acceso a las Llars Residencia se tramita mediante el programa de ayudas para el acceso a las viviendas con servicios comunes. El usuario o usuaria participa en el coste del servicio mediante una aportación económica que se establece en función de la naturaleza del coste de referencia y su nivel de renta.

El servicio de la Llar Residencia puede tener carácter temporal o permanente.

En cuanto a las 20 plazas de gestión privada, el acceso se tramita directamente con el equipo, que valoran si la persona es perfil de la Llar y el usuario tiene que abonar la totalidad del coste ser servicio.

En este caso el servicio de residencia también puede tener carácter temporal o permanente.

Principal normativa aplicable
  • Ley 12/2007 de Servicios Sociales de Cataluña, la Ley 16/1996, de 27 de noviembre, reguladora de las actuaciones inspectoras y de control en materia de servicios sociales.
  • El Decreto 318/2006, de 25 de julio, de los servicios de acogida residencial para personas con discapacitado, establece y regula el apoyo que se presta en los servicios de acogida residencial para personas con discapacitado, de las viviendas con servicios comunes para personas con discapacitado y de los servicios de centros residenciales para personas con discapacitado del Sistema Català de Servicios Sociales y de la Red Básica de Servicios Sociales de Responsabilidad Pública.
  • Decreto 176/2000, de regulación del Sistema Catalán de Servicios Sociales.
  • Orden de 20 de abril de 1998, por la cual se establece el Programa de ayudas para el acceso a las viviendas con servicios comunes para personas con disminución derivada de enfermedad mental.
Composición del organigrama

Xavier Bardera Montals, Gerente Gentilis Grups S.L

Rosa Maria Falces Ros, Trabajadora Social, Llar Residència Gentilis

Raquel Puigpinós Barragan, Coordinadora Llar Residència Gentilis

Maria Guerreo Serena, Directora i psicóloga del centro